Elección de la forma jurÃdica
Condiciones marco generales
El derecho mercantil y el derecho de sociedades prescriben las formas empresariales (formas jurídicas) que están disponibles legalmente para las empresas. No es posible inventar una nueva forma jurídica e introducirla en el mercado. No obstante, es posible enmendar parcialmente las estructuras base legales y ajustarlas a las necesidades individuales.
En las siguientes páginas se muestran a modo de sinopsis general los rasgos característicos de las diferentes formas organizatorias legales.
En cada caso concreto, cada persona deberá examinar junto con un asesor la forma jurídica que resulte ser más apropiada para su empresa.
Una peculiaridad del derecho de sociedades alemán es la distinción entre un "comercio pequeño" y una "sociedad mercantil". Esta distinción sólo es relevante para las sociedades personalistas y no para las personas jurídicas.
Las sociedades mercantiles deben estar inscritas en el registro mercantil. Sus transacciones están fundamentalmente estipuladas en el Código Mercantil Alemán (HGB).
Las sociedades no mercantiles pueden inscribirse en el registro mercantil de forma voluntaria y son tratadas en ese caso como comerciantes. Si no aprovechan esta opción, sus transacciones legales quedan básicamente regidas por el Código Civil alemán (BGB) y no por el HGB.
La cuestión de si una sociedad es una empresa mercantil depende de si sus operaciones comerciales requieren instalaciones comerciales en términos de tipo y alcance (§ 1 HGB). Los principales criterios son los ingresos por ventas, el número de empleados, el activo de explotación, el volumen de crédito y el número de ubicaciones y/o establecimientos. Los ingresos por ventas que superen una cifra de 250.000 euros indican, por regla general, que se ha excedido el alcance de un comercio pequeño.
Un comercio minorista debe ser operado por un individuo en calidad de minorista o una sociedad de derecho civil en forma de sociedad del BGB (sociedad de derecho civil, GbR). Las sociedades mercantiles incluyen el comerciante individual (e.K. = e.Kfm. (comerciante registrado), o bien e.K. = e.Kfr. (comerciante registrada), la sociedad colectiva (oHG), la sociedad comanditaria (KG) y la sociedad de responsabilidad limitada (GmbH & Co. KG, GmbH & Co. oHG).